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24/9/2025

La iniciativa fue impulsada por distintos actores de la oposición en una acción coordinada tanto en la Cámara Alta como en la Baja.

 


Luego de la publicación de la promulgación de la Ley de Discapacidad en el Boletín Oficial, el Gobierno tomó la decisión de dejar en suspenso la reglamentación del proyecto hasta que el Congreso presente un informe en el que detalle de dónde se financiará la norma. En este marco, desde la Cámara de Diputados y del Senado presentaron una moción de censura a Guillermo Francos.

El legislador encargado de tomar la iniciativa fue el diputado de Encuentro Federal, Oscar Agost Carreño, quien presentó un proyecto de resolución para interpelar al Jefe de Gabinete con el objetivo de promover una moción de censura en su contra, tras la decisión del Ejecutivo de promulgar pero no aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad, alegando que “la administración no cuenta con créditos suficientes para afrontar su ejecución”.

“El Gobierno rompió el Estado de derecho. Junto con diputados de nuestro bloque pedimos la interpelación y moción de censura al Jefe de Gabinete por incumplir la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, por dictar decretos nulos e inconstitucionales y por no reasignar las partidas conforme a la ley promulgada en un contexto de gobierno sin presupuesto”, sostuvo Carreño.

 

Por su parte, el peronismo se sumó a la situación y presentó un proyecto para “avanzar en la solicitud de moción de censura al Jefe de Gabinete”. “El Congreso aprobó la ley de Emergencia en Discapacidad. Milei la vetó. El Congreso insistió, con 2/3 de los votos”, enumeraron las bancadas peronistas, “Milei promulga la ley, pero no la aplica“. Es por esto que “vamos a avanzar en la solicitud de moción de censura al Jefe de Gabinete”.

 

 

 

Puntualmente, en su primer artículo el proyecto propone citar al funcionario “para ser interpelado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 101 de la Constitución Nacional”, con el objetivo de avanzar con “el tratamiento de una moción de censura y/o, en su defecto, la remoción”.

Lo que sucedió con esta última norma es que, tras el veto, fue insistida por ambas cámaras con mayoría reglamentaria. Posteriormente, se promulgó mediante el Decreto 681/2025, pero con un “condicionante inconstitucional”, ya que suspende su aplicación hasta tanto el Congreso incluya las partidas en el Presupuesto General.

Redacción Sesionar

redaccion@sesionaronline.com.ar

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