La Cámara de Diputados de San Luis aprobó la ley de paridad de género para cargos electivos y de órganos públicos colegiados de la provincia. La iniciativa tenía media sanción del Senado.
El proyecto, enviado por el Ejecutivo provincial, fue aprobado por unanimidad por legisladores y legisladoras y sin modificaciones.
Desde su puesta en vigencia todas las listas de candidatos provinciales deben estar conformadas por un 50 por ciento de varones y 50 por ciento de mujeres, ubicados de manera alternada.
El género del candidato estará determinado por su DNI, independientemente de su sexo biológico.
En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un legislador, el cargo será cubierto por la persona del mismo género que figure en la lista como titular.
La normativa establece que para las renovaciones ordinarias parciales de los años 2021 y 2023 de diputados provinciales las listas de postulantes que se presenten deben integrarse ubicando en el primer cargo titular a personas femeninas y a partir del segundo cargo de manera intercalada con masculinos.
La disposición sólo se aplicará para las candidaturas de la Cámara baja y no a las candidatas que aspiren una banca en el Senado provincial.
La Cámara de Diputados de la provincia está integrada por 41 miembros, de los cuales 20 son mujeres y 21 varones y el Senado tiene 9 miembros, de los cuales 3 son mujeres y 6 son varones.