Los consumidores tendrán la opción de elegir desde qué página web desean realizar la compra del bien o servicio sin ser redirigidos a otra web o incluso bloqueados debido a su nacionalidad, lugar de residencia o localización.
Los vendedores deberán tratar igual a los clientes de otro país de la UE que a los clientes locales, es decir, ofrecerles el mismo precio así como idénticas condiciones de venta en adquisición de bienes (como electrodomésticos, productos de electrónica, moda) servicios proporcionados a través de internet y que no estén protegidos por derechos de autor, como servicios en la nube, cortafuegos, almacenamiento de datos, alojamiento de páginas web, o servicios facilitados en las instalaciones del proveedor o en una localización en la que éste opera, como estancias hoteleras, entradas para eventos deportivos, alquiler de vehículos, festivales de música o entradas a parques temáticos.
Los contenidos digitales protegidos por derechos de autor, como libros electrónicos, música o videojuegos, no están incluidos en la nueva normativa. No obstante, el equipo negociador del Parlamento introdujo una cláusula de revisión que obliga a la Comisión Europea a evaluar en el plazo de dos años si la prohibición del bloqueo geográfico debe extenderse también a estos contenidos. Los servicios audiovisuales y el transporte también han quedado por el momento excluidos de la normativa.
El Parlamento y los Estados miembros llegaron a un acuerdo provisional sobre esta nueva normativa el 20 de noviembre de 2017. Entrará en vigor a los nueve meses de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Redacción Sesionar
Fuente: Parlamento Europeo
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