11/3/2013 

La Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza dio media sanción a la iniciativa por la cual se modifican varios artículos de la Ley Nº 5665, que regula la fabricación y comercialización de productos agroquímicos. Los cambios establecen que ingenieros agrónomos deberán emitir su prescripción para la adquisición de los productos de venta restringida. 


Según el proyecto, estos profesionales no podrán tener ninguna relación directa o indirecta con las empresas que se dediquen a la importación, fabricación, fraccionamiento, formulación, almacenamiento, transporte, comercialización, de los agroquímicos. 

La Subsecretaría, como organismo de aplicación, será el encargado de formular e implementar un plan anual de capacitación e información destinado a los profesionales idóneos.
 
Se manifiesta también que tanto director técnico ingeniero agrónomo y el técnico de seguridad e higiene, tendrán la responsabilidad de elaborar e implementar el plan de emergencia que indique qué hacer en caso de un incidente con agroquímicos en las áreas de depósito, dosificación y aplicación.
 
Además se establece la prohibición del expendio de plaguicidas y agroquímicos a menores de dieciocho años y la intervención de estos y de mujeres embarazadas en cualquier tipo de áreas relacionadas con la “fabricación, formulación, envasado, transporte, carga, descarga, almacenamiento, venta, mezcla, dosificación, aplicación de plaguicidas o agroquímicos, eliminación de desechos o residuos y limpieza de equipos”.
Los fondos que se recauden por cualquier concepto como consecuencia de la aplicación de la ley, su reglamentación y normas complementarias pasarán a integrar un Fondo Especial de Sanidad Vegetal.
 
Un porcentaje equivalente como mínimo al 30 por ciento de lo recaudado, deberá destinarse a las campañas de información pública y capacitación previstas en el Plan anual del organismo de aplicación mencionado. (Ver informe completo)
 
Redacción Sesionar
 



print.gif  friend.gif