La comisión de Salud de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comenzó el debate sobre el proyecto de ley de telemedicina. Participaron de la reunión informativa diputados y especialistas.
“Cuando una tecnología se introduce, se conoce y se empieza a utilizar, se debe legislar para que siga siendo manejada por las personas y no sea la tecnología la que se imponga", dijo la legisladora Ana María Bou Pérez, autora del proyecto y exministra de Salud de la Ciudad.
La médica y directora de Sistemas de Información Sanitaria del Gobierno porteño, Analía Baum, también participó del encuentro y manifestó que el distanciamiento social impuesto por la pandemia de coronavirus "requirió adaptar las tecnología para dar asistencia a la población".
“Las teleconsultas fueron adoptadas rápidamente ya que la comunidad requirió acceder al servicio y a los profesionales pusieron a disposición sus medios y tecnologías".
“Para las teleconsultas debe crearse un sistema que acredite la identidad de las personas que la solicitan y de quienes la brindan", continuó.
Además, dijo que los medios tecnológicos que se utilizan para comunicarse y registrar la consulta en la historia clínica del paciente deben ser "proteger la confidencialidad y privacidad".
Esteban Figueroa, médico especialista en Bioética del Hospital Italiano, sostuvo que, como una herramienta más, la teleasistencia "existe hace muchos años, pero la pandemia expuso que es necesaria una legislación".
"Para que la teleasistencia logre su potencial el médico de teleconsulta debe tener comunicación fluida con otros establecimientos, un contacto con guardias médicas para derivar a los pacientes y sistemas aceitados de interconsultas", manifestó.
El proyecto presentado por Bou Pérez establece que uno de los "principios fundamentales que rigen la telemedicina es el de la confidencialidad y protección de los datos personales".
También determinó que "la información debe guardarse con la más absoluta reserva y no debe ser revelada a nadie sin autorización expresa del paciente o su representante legal o especial salvo disposición de autoridad judicial competente".