La diputada nacional del Frente Para la Victoria, Adela Segarra, presentó una iniciativa a través de la cual se modifica el inciso 4 del artículo 26 de la Ley 25.326.
Según el texto del proyecto redactado por la legisladora, “sólo se podrán archivar, registrar o ceder los datos personales que sean significativos para evaluar la solvencia económico-financiera de los afectados durante los últimos cinco años. Cuando el deudor cancele o de otro modo extinga la obligación, sus datos personales deberán eliminarse inmediatamente de los bancos de datos”.
Además, establece que las entidades crediticias deberán notificar a los bancos de datos públicos y/o privados la cancelación o extinción de la deuda por parte del deudor dentro del quinto día hábil de producida la misma, para la supresión total y definitiva de sus datos en los registros.
Por último, se aclara que, en idéntico plazo, también deberán notificar fehacientemente al deudor del cumplimiento del deber de notificación del párrafo anterior, ya que, el incumplimiento de las obligaciones de notificación por parte de las empresas crediticias, las hará pasibles de las sanciones previstas en el art. 31° de la presente ley y de la acción por daños y perjuicios que éste ocasionare.